Son recintos ubicados generalmente en Puertos y Aeropuertos, perfectamente deslindados, en los cuales se depositan mercaderías extranjeras, nacionales y nacionalizadas, con el objeto de ser vendidas para el uso o consumo de los pasajeros que se dirigen al exterior, ingresan al país o se encuentran en tránsito al exterior. Las mercaderías depositadas en dichos recintos están exentas de derechos de aduana e impuestos internos.Los viajeros gozan de una franquicia adicional de U$S 300 (trescientos dólares estadounidenses), o su equivalente en otra moneda para los bienes adquiridos en las tiendas francas de llegada (TLI - Duty Free Shop). Limitaciones:En el caso de cigarrillos y bebidas alcohólicas destiladas, de origen extra MERCOSUR, está permitido un ingreso de un máximo de dos litros para las bebidas y dos cartones para cigarrillos. Igual limitación se establece a la venta que de estos productos realicen las tiendas francas. Fuente: Dirección Nacional de Aduanas de Uruguay